
Antes de su invocación ese mismo magistrado, James Boasberg, había prohibido preventivamente su aplicación contra la deportación de cinco venezolanos, y después de la misma amplió su veto para cubrir a todos los no ciudadanos bajo custodia de Estados Unidos que estarían sujetos a dicha normativa de 1798.
Trump declaró que todos los miembros de ese grupo, en virtud de su membresía, están acusados de hostilidad real contra Estados Unidos y son un peligro para la paz pública o la seguridad del país.
La orden ejecutiva subrayó que a esos integrantes no se les permitirá la residencia en Estados Unidos y pidió a todos los departamentos y agencias ejecutivas que colaboren con los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para utilizar todos los medios legales para llevarla a cabo.
Esa directiva añadió que toda propiedad perteneciente a “enemigos extranjeros” que se use o se pretenda usar para perpetrar “la actividad hostil” del Tren de Aragua estará sujeta a incautación y decomiso. (I)
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